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P. Guillermo Jiménez s.x.

El alma de la misión

El primer capítulo de nuestra carta apostólica tiene como título: Normas para los obispos, vicarios y prefectos apostólicos. Más o menos comprendemos quiénes son los obispos; aquellos que tienen la responsabilidad pastoral de una diócesis; ¿y los demás?

En la época en que fue escrita la carta, muchos países que eran considerados territorio de misión Ad gentes estaban divididos en diócesis, vicariatos apostólicos y prefecturas apostólicas, dependiendo directamente de la Sagrada Congregación de Propaganda Fide; lógicamente, los vicariatos apostólicos tenían como responsable a un vicario apostólico, mientras que las prefecturas estaban a cargo de un prefecto apostólico.

A ellos, dice el Papa, les incumbe más de cerca el deber de propagar la fe y, en ellos más que en ningún otro, la Iglesia ha depositado la esperanza de la expansión del cristianismo. Para ello, cada uno debe ser el alma de su respectiva misión; por lo cual les corresponde edificar a los sacerdotes y demás colaboradores de su ministerio con palabras, obras y consejos.

Para comprender mejor las normas que el Papa establece para todos los responsables de diócesis, vicariatos y prefecturas en los países considerados de misión, es necesario saber que en aquella época, debido a la falta de creyentes y, como consecuencia, de vocaciones locales, muchas veces se asignaba un territorio vasto o misión –diócesis, vicariato o prefectura– a un miembro de una congregación religiosa misionera y la mayoría de las veces se veía como un encargo de la dicha congregación, la cual lo veía como propiedad del país de proveniencia quien colonizaba el territorio en cuestión. Por ejemplo, antiguamente se hablaba del Congo Belga, porque Bélgica era el país colonizador y casi todo el país había sido encargado a los Misioneros de África (Padres Blancos); la mayoría de los miembros de los Misioneros de África eran de Bélgica.

Siendo así, era más factible el cumplimiento de ciertas normas indicadas por el Papa Benedicto XV, como lo es la del Cuidado paternal de los misioneros, al pertenecer todos a la misma congregación misionera. Los obispos, vicarios y prefectos apostólicos tenían ya el celo misionero, puesto que eran miembros de algún instituto misionero, sin embargo, para evitar que se concentren en la pastoral de los bautizados, el Santo Padre les da la norma de impulsar la vitalidad de la misión, diciéndoles que aunque logren reducir a la fe algunos millares de entre tan numerosa gentilidad, no por eso podrán descansar.

Otra de las normas establecidas en esta carta apostólica es la de buscar nuevos colaboradores. El Papa inicia elogiando a aquellos vicariatos apostólicos que fundaron nuevos puestos y residencias; al verse incapaces, como instituto, para atender todos los puestos, no dudaron en demandar ayuda a otras congregaciones y familias religiosas. Por el contrario, ¡qué digno de reprensión sería quien tuviese de tal manera como posesión propia y exclusiva la parte de la viña del Señor a él señalada, que obstaculizara el que otros pusieran mano en ella!

En el próximo número veremos las últimas normas para los llamados Superiores de Misión en este documento, que son, propiamente hablando, los obispos, vicarios y prefectos apostólicos.